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ASPECTOS
RELEVANTES DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS
GLOSARIO
- Pérdida, son las cantidades a que, con motivo de una Reclamación, se condene a pagar a los Asegurados en una resolución definitiva que sea ejecutable en contra del Asegurado; y/o que asuma el Asegurado con motivo de Acuerdos o convenios judiciales, realizados con el previo consentimiento de la Aseguradora y/o gastos y costas legales.
No constituirán Pérdidas conceptos como las multas, daños punitivos o ejemplares, los impuestos o contribuciones fiscales de cualquier tipo causados o generados por el Funcionario.
- Asegurado.
Para el caso de la Cobertura de Responsabilidad de Gestión a Terceros, Asegurado se refiere a cualquier persona física que sea Funcionario de la Compañía y que su cargo se encuentre en la Lista de Cargos Cubiertos.
Para el caso de la Extensión de Responsabilidad frente al Estado, Asegurado se refiere a cualquier persona física que sea Funcionario de la Compañía y que haya elegido la contratación de la Extensión de Responsabilidad frente al Estado.
- Reclamación.
Se refiere a toda notificación por escrito, reclamación o demanda, ya sea civil, administrativa o arbitral, penal o criminal presentada por cualquier persona u organización en contra del Asegurado (según se define en cada sección), para imputarlo responsable y obtener el cumplimiento de una obligación, el pago de una deuda y/o la reparación de daños y perjuicios o cualquier reparación de daño.
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